
LA DGT NO PODRÁ IMPONER MULTAS SI NO SE IDENTIFICA AL CONDUCTOR
Una sentencia judicial afirma que multar al propietario de un vehículo sin saber si era él quien conducía es una vulneración de la presunción de inocencia.

Tal como recoge la noticia en Auto10.com de Marío Cortijo.
En concreto, el abogado del propietario del vehículo, que fue la persona que recibió la multa en casa, se negó a identificar a la persona que conducía el vehículo y recurrió la multa. En concreto, esta era por ser 'cazado' a 160 km/h en una vía de 120 km/h. ¿La consecuencia? 300 euros y dos puntos del carnet.
La sentencia reza, de forma exacta, que "no existe prueba en el expediente administrativo de que el recurrente fuera el conductor del vehículo". Y al negarse a identificar al conductor, la ley señala que no se estaría respetando la presunción de inocencia del propietario del coche.
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